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Apéndice D: Términos prescriptivos en Procedimientos de Radicación de Querellas
En los procedimientos de quejas y agravios se dispone de un límite de tiempo o plazo específico para la formulación de la queja. Hay un plazo para que la gerencia conozca la querella y otro para que ésta responda por escrito. El sindicato tiene un plazo para apelar en un segundo paso cualquier respuesta no satisfactoria de la gerencia. Vea el cuadro que aparece más abajo, el cual se puede completar para mantener un registro del plazo para el procedimiento de quejas vigente en su “local” del sindicato. Recuerde que los distintos procedimientos de quejas tienen cantidades diferentes de pasos a seguir.
Tiempo Límite para Someter Quejas
Si el procedimiento de quejas de su local incluye el paso final del arbitraje, describa cómo se apela una queja hasta llegar al arbitraje.
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SINDICATO |
GERENCIA |
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Pasos |
Representante Sindical |
Cartidad de días |
Representante de la Gerencia |
Días para Oír la Queja |
Días para Responder |
| 1 |
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| 2 |
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| 3 |
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| 4 |
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